La letrada analizó el reciente conflicto entre representantes sindicales y autoridades de la Legislatura de Mendoza, tras una decisión clave de la Suprema Corte de Justicia provincial
En una entrevista de Mnews Radio, El Observador Mendoza con la abogada laboralista Laura Leonelli, se analizó el reciente conflicto entre representantes sindicales y autoridades de la Legislatura de Mendoza, tras una decisión clave de la Suprema Corte de Justicia provincial. El caso gira en torno a la exclusión de la tutela sindical para trabajadores contratados por el Estado, con el objetivo de permitir la no renovación de contratos temporales.
Leonelli explicó que el punto de partida es el carácter temporal de los contratos de los empleados involucrados. En el ámbito de la administración pública, existe personal permanente y personal contratado anualmente. En este caso, varios trabajadores contratados fueron elegidos como delegados sindicales, lo cual les otorga una tutela especial bajo la Ley 23.551 de asociaciones profesionales. Esta tutela impide su remoción o despido sin causa.
Sin embargo, la Provincia solicitó formalmente la exclusión de esa tutela sindical, una herramienta prevista por la ley, para avanzar con la no renovación de dichos contratos. Las cámaras laborales resolvieron levantar la garantía sindical, permitiendo que la administración decidiera no renovar los contratos por razones de organización interna y distribución de recursos.
"La ley establece derechos, obligaciones y garantías, no privilegios", subrayó Leonelli, al destacar que la condición de delegado sindical no puede alterar la naturaleza jurídica del vínculo laboral.
En este contexto, la Suprema Corte de Justicia de Mendoza no se pronunció sobre el fondo del conflicto, ya que rechazó el recurso extraordinario por cuestiones formales. Al no habilitarse la vía, el fallo de la Cámara de Trabajo quedó firme.
"La Corte no dictó sentencia, simplemente rechazó formalmente el recurso", aclaró Leonelli.
La trascendencia del fallo radica en que confirma un criterio unificado en la jurisprudencia laboral provincial: la tutela sindical no transforma un contrato temporal en uno permanente. Por tanto, un trabajador contratado que luego accede a un cargo gremial no adquiere automáticamente estabilidad en el empleo.
Desde el punto de vista jurídico, este antecedente marca límites claros a la protección sindical en el ámbito del empleo público, en especial cuando se trata de vínculos contractuales de carácter transitorio. También refuerza la potestad de la administración pública para gestionar su planta de personal conforme a sus necesidades operativas.4